Thursday, May 9, 2019

qué hacer, es legal y otras cuestiones

Una medida bastante efectiva para reclamar una deuda es amenazar la inclusión en un archivo de morosos o solvencia de capital. Lo que se ha convertido en una práctica estándar entre los operadores de telecomunicaciones en nuestro país está regulado y siempre debe respetar la legislación vigente. Además, sabemos que es muy fácil ingresar, pero luego no es tan fácil salir. Por lo tanto, intentaremos responder a las preguntas de si es legal o qué podemos hacer cuando nuestro operador no nos apunta o amenaza con ingresar a un archivo de de los morosos.

¿Puede su operador ingresar un archivo de morosos por no pagar una factura?

De acuerdo con la Telecommunications User Service Office si no estamos de acuerdo con la factura del operador y decidimos no pagarla, pero esto nos amenaza con incluir nuestros datos en un registro de Debemos saber varias cosas :

  1. No existe una regulación aplicable a los servicios de telecomunicaciones, esto se rige por Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales en su artículo 20.
  2. Solo nos puede registrar en el archivo de impago cuando cumpla los siguientes requisitos:
    1. Que los datos se refieren a ciertas deudas, vencidas y pagaderas, cuya existencia o monto no ha sido objeto de reclamación.
    2. Que el acreedor ha informado al afectado sobre la posibilidad de inclusión en dichos sistemas.

Además, la OCU (Organización de consumidores y usuarios), explica que los requisitos son:

  • Los datos deben ser proporcionados por el acreedor o quien lo haga por su cuenta o interés.
  • puede agregar al archivo los montos inferiores a 50 euros de deuda.
  • Existencia de una determinada deuda, vencida, vencida y no pagada. Asimismo, este no debe haber sido objeto de una reclamación administrativa o judicial por parte del deudor o mediante un proceso alternativo de resolución de disputas vinculantes (arbitraje del consumidor).
  • Que el cliente ha sido informado al momento de contratar la propiedad o servicio, o al momento de solicitar el pago, la posibilidad de incluirlo en estos sistemas.
  • El período máximo de permanencia de los datos en el archivo es de hasta cinco años como máximo, desde la fecha de vencimiento de la obligación financiera, monetaria o crediticia.

¿Qué pasa si me han incluido en el archivo de los morosos? ¿Qué puedo hacer para salir?

En este caso, debemos tener claro que en demasiadas ocasiones hacen inclusiones por error sin que haya una deuda de por medio o sin cumplir los requisitos mencionados. En otros casos, se deben a robo de personalidad o contratación fraudulenta. Finalmente, también puede darse el caso de que hayamos llegado a cumplir con los requisitos legales.

Para cancelar la suscripción, debemos pagar la deuda y solicitar la cancelación de sus datos . Una vez pagados, debemos asegurarnos de que eliminen los datos del archivo. Para esto, le pediremos al dueño del archivo que se vaya con su identificación y copia del pago.

En caso de no estar satisfecho con la deuda, la ley impide el registro de la deuda en un archivo de morosos si se reclama por vía administrativa, judicial o mediante un procedimiento alternativo vinculante, como el arbitraje del consumidor. Si esto sucede, podemos denunciar ante el AEPD que la inclusión no procede.

Si ha ocurrido un error, no hay deuda o no se cumplen los requisitos, podemos solicitar la cancelación al propietario del archivo. Esto debería respondernos en 30 días aunque el plazo puede extenderse a 2 meses en algunos casos. Si él no responde, no habrá más que informar a la AEPD.

Finalmente, si la inclusión es incorrecta, incluso podemos reclamar legalmente una indemnización por los daños causados. Hay varios juicios favorables en este caso. La OCU nos da como ejemplo una sentencia de 2017 que reconoció una compensación por el monto de 8,000 euros a los afectados y fue condenada a la empresa Orange.

Para cualquier consulta a la AEPD o Agencia Española de Protección de Datos podemos hacerlo:

  • En persona en C / Jorge Juan, 6 28001-Madrid.
  • Por teléfono 901 100 099/91 266 35 17.
  • A través de su Oficina electrónica .

¿Se lo ha incluido en un archivo de morosos o se lo ha amenazado con hacerlo? Más ayuda en los Foros oficiales de soporte para operadores .


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